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Consejo de Estado declara nulos dos artículos del decreto que reglamenta el sistema de compras y contratación pública, relativos a la Implementación del modelo de Plan Anual de Adquisiciones y al Manual de contratación de las entidades

Escrito por  Ene 06, 2021

El Consejo de Estado declaró la nulidad de los artículos 158 y 160 del Decreto 1510 de 2013. El articulo Artículo 158 dispone:  Implementación del modelo de Plan Anual de Adquisiciones. Colombia Compra Eficiente debe establecer los lineamientos y diseñará e implementará el formato que debe ser utilizado por las Entidades Estatales

para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones, dentro de los tres (3) meses siguientes a la expedición del presente decreto. Mientras que, el Artículo 160. Dispone “Manual de contratación. Las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente en el término de seis (6) meses contados a partir de la expedición del presente decreto.” Lo anterior basado en el hecho que, la parte considerativa del Decreto 4170 de 2011, norma de creación de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, señaló que resultaba necesaria el establecimiento de un organismo técnico especializado que se encargara de impulsar políticas, normas y unificar procesos en materia de compras y contratación pública.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:22