Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Municipios deben formalizar con convenios la transferencia de recursos a empresas prestadoras para garantizar legalidad y transparencia en obras públicas: SSPD

Escrito por  Jun 04, 2025

La transferencia directa de recursos por parte de un municipio a una E.I.C.E. E.S.P. para la construcción y optimización de sistemas de alcantarillado y agua potable, sin la suscripción de un convenio interadministrativo, no puede ser considerada legal ni administrativamente admisible. Según la normativa aplicable (Ley 142 de 1994, Ley 715 de 2001, Ley 1176 de 2007 y Ley 1551 de 2012), corresponde a los municipios apoyar a las empresas de servicios públicos con inversiones, pero las modalidades y actos contractuales deben ajustarse a las normas que rigen la contratación pública del municipio, garantizando transparencia, eficiencia y legalidad. En este sentido, la transferencia de recursos debe realizarse mediante contratos o convenios interadministrativos que legitimen la operación, evitando actos que vulneren los principios de la administración pública.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Martes, 03 Junio 2025 22:01