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Precisiones del Ministerio de Ambiente sobre decomiso proporcional de especímenes con inconsistencias en el SUNL y aplicación de medidas preventivas

Escrito por  May 23, 2025

El Ministerio de Ambiente aclara que el Salvoconducto Único Nacional en Línea (SUNL) ampara únicamente los especímenes, volúmenes y dimensiones autorizados en el documento. De acuerdo con el artículo 16 de la Resolución 1909 de 2017 y el artículo 2.2.1.1.13.8 del Decreto 1076 de 2015, cualquier movilización que supere o difiera de las autorizaciones implica responsabilidad y da lugar a medidas preventivas y sancionatorias según la Ley 1333 de 2009. 

En caso de exceso en volumen o incumplimiento en dimensiones, procede el decomiso solamente del material excedente o no autorizado, respetando el principio de proporcionalidad, que exige que la medida sea proporcional al riesgo ambiental generado. La autoridad ambiental evaluará contexto, gravedad y riesgo para la imposición de medidas preventivas. Además, no es posible devolver especímenes o recursos provenientes de explotaciones ilegales al infractor, según el artículo 41 de la Ley 1333. 

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Modificado por última vez en Jueves, 22 Mayo 2025 23:08