La Superintendencia de Sociedades, en el contexto del SAGRILAFT, precisa la necesidad de que las empresas realicen debida diligencia sobre todas las contrapartes con las que mantienen relaciones comerciales, no solo sobre los clientes. Esto incluye identificarlos, conocer su actividad económica, y verificar la identidad de los beneficiarios finales. Las contrapartes abarcan a cualquier persona natural o jurídica con vínculos comerciales con la empresa, como empleados, proveedores y contratistas.