La CRA precisó que las empresas de servicios públicos deben calcular y adoptar tarifas cambiando del Segmento 2 al Segmento 1 si superan los 100,000 suscriptores. En caso de que el número de suscriptores disminuya a menos de 100,000 en años posteriores, la empresa deberá revertir al Segmento 2, siempre y cuando cuente con entre 5,000 y 100,000 suscriptores y esté en la tabla correspondiente de la normativa. También se señala que, si la empresa debe cambiar de segmento tarifario, requerirá la realización de un nuevo estudio de costos, dado que estos dependen de la cantidad de usuarios atendidos y del municipio o distrito correspondiente. Además, se precisa que los conceptos emitidos por la CRA son orientaciones generales, careciendo de carácter obligatorio y no resolviendo problemas específicos. La segmentación tiene el fin de identificar y diferenciar las condiciones de prestación del servicio según el tamaño del mercado y la capacidad de gestión de las empresas.