El porcentaje de transferencia comenzará en un 6% de las ventas brutas de energía por generación propia para plantas nuevas, aumentando gradualmente en los años siguientes. Para plantas en operación, el porcentaje inicial será del 4%, con incrementos anuales hasta alcanzar el 4% en el cuarto año. Este decreto busca fortalecer el desarrollo de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y asegurar que los recursos se distribuyan equitativamente a los municipios afectados por proyectos de generación eléctrica. Además, se establece que los generadores de energía eléctrica a partir de FNCE son los responsables del pago de estas transferencias.