La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió una Circular en la que autoriza a GAS ZIPA S.A.S. E.S.P. la movilización y destrucción de cilindros universales remanentes. Esta acción se enmarca en la Resolución CREG 164 de 2014, que establece medidas regulatorias para la distribución y comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP). Los cilindros universales remanentes son aquellos sin marca asociada a un prestador del servicio. La empresa debe informar a la CREG sobre la cantidad y ubicación de estos cilindros, así como la programación de su destrucción. La movilización debe realizarse sin cilindros marcados y se llevará a cabo entre las ciudades especificadas, con la destrucción programada en un taller autorizado. El incumplimiento de estas disposiciones se considerará una infracción a la normativa vigente.