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¿Cuáles son los procedimientos y normativas aplicables al cobro coactivo en la SuperSociedades según la Ley 1066 de 2006 y el Estatuto Tributario?

Escrito por  Nov 14, 2024

El documento aborda el procedimiento de cobro coactivo y la devolución de saldos a favor en la Superintendencia de Sociedades, en el contexto de la normativa colombiana. Se establece que las entidades públicas encargadas del recaudo de rentas deben seguir el procedimiento descrito en el Estatuto Tributario, conforme a la Ley 1066 de 2006. Esta ley fue reglamentada por el Decreto 4473 de 2006, cuyas disposiciones se integraron en el Decreto 1625 de 2016. El procedimiento de cobro coactivo se rige por normas específicas, y en su ausencia, se aplican las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Además, se menciona que la Superintendencia de Sociedades tiene un Manual de Gestión de Cobro Persuasivo y Coactivo que detalla las directrices para la gestión de cobro. En cuanto a las devoluciones de saldos a favor, se remite a las normas del Estatuto Tributario y se aclara que las respuestas a consultas no son vinculantes ni comprometen la responsabilidad de la entidad.

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