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DIAN fija reglas para el reporte de información exógena en operaciones con criptoactivos

Escrito por  Abr 24, 2026

La DIAN precisó aspectos sobre el reporte de información exógena para operaciones con criptoactivos, abordando interrogantes de PSAV y usuarios. La Entidad detalla que los PSAV deben informar transacciones de conversión de moneda a activos digitales y viceversa en formato 2856, sin reportar ingresos de terceros ni patrimonio. Usuarios de PSAV que sean facturadores electrónicos deben expedir estos documentos por cada operación y reportar ingresos, abonos y patrimonio según corresponda, evitando duplicidad. En plataformas descentralizadas (DEX), el reporte se limita a datos disponibles, incluyendo ingresos, pagos y valor patrimonial. Para contratos de mandato, el mandante reporta patrimonio y el mandatario sus ingresos y los recibidos para el mandante. La normativa permite reportes incompletos ante imposibilidad objetiva de obtener datos de contrapartes.

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Modificado por última vez en Jueves, 23 Abril 2026 19:11