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La Corte dejó sin efectos las decisiones tomadas por la Asamblea de Comuneros del Resguardo Indígena Yaquivá, dado que el delito de desaparición forzada es de competencia de la justicia ordinaria y no de la jurisdicción especial indígena

Escrito por  Oct 17, 2024

La Corte determinó que el Cabildo Indígena no tenía la competencia para investigar y juzgar un caso de desaparición forzada, ya que este tipo de delito está prohibido por el ordenamiento jurídico para ser conocido por jurisdicciones especiales. En consecuencia, la Corte ordenó que el expediente fuera enviado a la Fiscalía Séptima Especializada de Popayán para que asumiera el proceso correspondiente. Esto resalta la importancia de la separación de competencias entre la justicia ordinaria y la jurisdicción indígena, especialmente en casos que involucran delitos graves como la desaparición forzada. Esto resalta la importancia de la separación de competencias entre la justicia ordinaria y la jurisdicción indígena, especialmente en casos que involucran delitos graves como la desaparición forzada.

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Modificado por última vez en Miércoles, 16 Octubre 2024 23:57