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Colombia Compra precisó el régimen jurídico de contratación que aplica a asociaciones de cabildos indígenas y/o autoridades tradicionales indígenas

Escrito por  May 16, 2024

  La Entidad explicó que la Ley 2160 de 2021, que modifica la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, estableció nuevas regulaciones con respecto a la capacidad contractual y naturaleza jurídica de varios tipos de organización, entre ellas los cabildos indígenas y asociaciones de autoridades tradicionales indígenas. Teniendo en cuenta esta filosofía y objetivos buscados en el proyecto de ley, esta modificó, entre otras cosas, el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 mediante su artículo 3°.

Entre otras conclusiones, la Entidad precisó que: : “I) los cabildos indígenas en virtud de lo consagrado en el Decreto 2164 de 1995 y en la Ley 2160 de 2021 que modificó el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, deben entenderse como entidades públicas especiales; II) las autoridades tradicionales indígenas son consideradas entidades de derecho público de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1088 de 1993 y la Ley 2294 de 2023; III) las asociaciones de cabildos indígenas y/o autoridades tradicionales indígenas son consideradas entidades de derecho público de conformidad a lo expuesto en los Decretos 1088 de 1993 y 252 de 2020 y en la Ley 2294 de 2023”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 15 Mayo 2024 22:18