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Para la instalación y operación de una planta trituradora de piedra, por plantearse su ubicación dentro de una fuente hídrica, deberá contar con el respectivo permiso de ocupación de cauce: MinAmbiente

Escrito por  Mar 15, 2024

A través del presente concepto la autoridad ambiental indicó que si la actividad es exclusivamente la instalación y operación de una planta trituradora, por plantearse su ubicación dentro de una fuente hídrica deberá contar con el respectivo permiso de ocupación de cauce, así mismo, ante el evento de impactar en la matriz aire deberá contar con un permiso de emisiones, cumplir con la gestión integral de los residuos de la construcción y de la demolición, en su calidad de gestor. Respecto a la matriz agua, si la actividad llegare a generar sustancias de interés y fueran descargadas en la fuente hídrica deberá tramitarse el permiso de vertimientos así si la actividad llegaré a necesitar agua para el proceso de transformación deberá tramitar concesión de aguas.

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Marzo 2024 21:01