A través del presente concepto el MinAmbiente indicó que la Ley 2250 en su artículo 29 parágrafo 1 hace referencia a la reglamentación de los requisitos diferenciales para la solicitud, evaluación y otorgamiento de licencia ambiental temporal para la formalización minera y que, actualmente, la Autoridad Ambiental se encuentra elaborando el correspondiente proyecto normativo el cual será dispuesto en la página web de la entidad para recibir comentarios.