A través de la sentencia T-039-24, la Corte tuteló el derecho a la consulta previa de varias comunidades étnicas del municipio de Santa Rosa de Lima (Bolívar) tras verificar que un proyecto vial interrumpirá uno de sus caminos veredales. Ordenó a las alcaldías de Cartagena, de Santa Rosa de Lima y de Clemencia, Bolívar, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia informen a la dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, DANCP, a la Agencia Nacional de Infraestructura ANI y a Autopistas del Caribe S.A.S. sobre las comunidades étnicas existentes bajo su jurisdicción, información que, para el caso de la alcaldía de Cartagena de Indias, se enfocará de manera específica en las comunidades étnicas existentes en el corregimiento de Bayunca.