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Interpretación prejudicial del Tribunal de la Comunicad Andina, precisó cómo se tasan los derechos patrimoniales de autor y conexos derivados de la comunicación pública de una obra

Escrito por  Feb 15, 2024

En virtud de la interpretación prejudicial solicitada por Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dirigida al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), relativa al Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, esta Alta Corte Andina expresó los siguientes criterios que pueden ser tomados en cuenta para calcular el monto de la tarifa de una sociedad de gestión colectiva respecto del uso de las obras en su repertorio: (1) la proporcionalidad de la tarifa con relación a los ingresos que se obtengan con la utilización de las obras así como la relevancia de este uso para la actividad económica desarrollada por el usuario; (2) el aforo del establecimiento del usuario; (3) la modalidad e intensidad de uso de las obras en la actividad económica que desarrolla el usuario lo cual involucra también la tecnología que se emplea; (4) el uso efectivo potencial de las obras cuando corresponda; (5) la aplicación de condiciones diferenciadas a los usuarios en función de criterios objetivos y razonables, entre otras, indicadas en la presente providencia.

La Sala responde otra serie de preguntas, entre ellas, cómo se prueba la infracción al derecho de comunicación pública.

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Modificado por última vez en Jueves, 15 Febrero 2024 20:54