de lo que se menciona en la petición, este artículo no incentiva al sector agropecuario y pesquero al consumo de energía, sino que instaura a la CREG para que establezca subsidios preferenciales para dicho sector.” Así lo estableció el MinMinas a través de la publicación de un concepto. La CREG estipuló que el carácter preferencial del subsidio se aplica a aquellos predios clasificados como usuarios mixtos. Esto es, aquellos usuarios residenciales de estratos 1, 2 y 3 cuya actividad productiva se desarrolle en el mismo lugar de habitación. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.