A través del presente concepto la Superfinanciera dispuso que, las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deben capturar la información de todos los usuarios con los que interactúan con el fin de determinar cuáles operaciones resultan relevantes de acuerdo con el riesgo al que la exponen. En ese sentido, les corresponde realizar seguimiento, monitoreo y consolidación electrónica de las operaciones realizadas por usuarios a través de los diferentes productos, canales de distribución y jurisdicciones.