La CGR indicó que, en el marco de un proceso de responsabilidad fiscal, eventualmente, es posible endilgar responsabilidad fiscal a los servidores públicos o particulares que, en el desarrollo de la etapa de planeación de un contrato estatal, incurren en errores o falencias que ocasionan un daño a los bienes, intereses patrimoniales o patrimonio del Estado, siempre que concurran los elementos que integran la responsabilidad fiscal.