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CRA indicó los requisitos para que para que proceda la orden de entrega de la prestación de los servicios públicos a un tercero

Escrito por  Oct 20, 2023

Para que proceda la orden de entrega de la prestación de los servicios públicos a un tercero, se requiere verificar que efectivamente la persona prestadora no esté cumpliendo las disposiciones establecidas en el Titulo 52, Parte 6, Libro 1 de la Resolución CRA 943 de 20213, en el cual se definen los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos de carácter obligatorio, para evaluar la gestión y resultados de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado, y se señala la metodología para clasificarlas de acuerdo con el nivel de riesgo, características y condiciones, con el propósito de determinar cuáles de ellas requieren intervención, así como una inspección y vigilancia especial o detallada por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

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