“Residuo sólido aprovechable”, “Residuo sólido especial” y “Residuo sólido ordinario”, definiciones que son resueltas a través del presente concepto.
Adicionalmente resaltó que El régimen de los servicios públicos domiciliarios no establece la definición del término “basura”; sin embargo, los numerales 40, 41, 42, y 43 del artículo 2.3.2.2.2.1.13 del Decreto 1077 de 2015 establecen las definiciones de “Residuo sólido”,
“Residuo sólido aprovechable”, “Residuo sólido especial” y “Residuo sólido ordinario”, definiciones que son resueltas a través del presente concepto.