impulso de otra autoridad denominada Promotor que deben concurrir ante la máxima autoridad del proceso, esto es la “Asamblea de Acreedores”. Se advierte entonces, que corresponde a la “Asamblea de Acreedores”, como máxima autoridad del proceso de acuerdo de reestructuración, definir las cuestiones sustanciales del proceso, como la aprobación misma del acuerdo, sus reformas y su terminación, en relación con las causales previstas en la Ley”.