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Consejo de Estado declara nulo acto que flexibiliza disposiciones para la obtención del RUT de Inversionistas Extranjeros sin domicilio en Colombia

Escrito por  Nov 26, 2020

El Consejo de Estado declara la nulidad de la Resolución número 000040 de 30 de abril de 2020, “Por la cual se flexibilizan transitoriamente algunas disposiciones para la obtención del Registro Único Tributario (RUT) de los Inversionistas Extranjeros sin domicilio en Colombia, obligados a cumplir deberes formales

y de los prestadores de servicios desde el exterior, responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) contemplados en los numerales 5 y 11 del artículo 1.6.1.2.11 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social”, expedida por el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales. Para la Sala que una autoridad administrativa que formalmente no constituye Gobierno Nacional, como lo es el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, no puede efectuar modificaciones ni introducir excepciones a una norma expedida por el presidente de la República a través de un decreto reglamentario, pues no es competente para ello. Las modificaciones a las normas reglamentarias solo pueden ser adoptadas por la autoridad pública competente que las expidió.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 18:52