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“La normatividad que regula lo relacionado con las obras por impuestos, no señala expresamente la facultad de la CGR para ejercer dicho control sobre los contribuyentes”

Escrito por  Abr 24, 2023

“En relación con el control fiscal, si bien es cierto que la normatividad que  regula lo relacionado con las obras por impuesto en efecto no señala expresamente la facultad de la CGR para ejercer dicho control sobre los contribuyentes, por tratarse  de un impuesto del orden

nacional, dichos recursos públicos son vigilados a través de  la Contraloría Delegada para el Sector Comercio y Desarrollo Regional dentro del Subsector de Desarrollo Regional de la CGR, entre cuyos sujetos de control se encuentra la Agencia de Renovación del Territorio ART, que como se indicó, es la entidad encargada de la aprobación de los proyectos y por lo mismo tiene identificados a los contribuyentes. De igual manera, la CGR, tiene la competencia para ejercer la vigilancia y el control fiscal sobre la DIAN y el Departamento Nacional de Planeación, entidades que también intervienen en el proceso”.

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Modificado por última vez en Lunes, 24 Abril 2023 09:08