percibir honorarios, cuyo pago es responsabilidad de la respectiva Alcaldía, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo del artículo 15 del referido modelo de reglamento interno.
Como los Vocales de Control cumplen tareas de carácter comunitario, entendemos que actúan como representantes de la comunidad, en los términos de lo previsto en el artículo 4 y el numeral 8 del artículo 14 del modelo de reglamento interno. En consecuencia, tienen derecho a
percibir honorarios, cuyo pago es responsabilidad de la respectiva Alcaldía, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo del artículo 15 del referido modelo de reglamento interno.