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Corte estudió la relación entre la jurisdicción especial indígena y el mandato del Estado contra todas las formas de violencia contra la mujer

Escrito por  Abr 12, 2023

A través de comunicado oficial, la Corte dio a conocer su decisión en la que señaló que “la jurisdicción especial indígena cuenta con un fundamento constitucional directo no sólo en el artículo 246 de la CP de 1991, sino también al ser una materialización de un Estado que

protege la diversidad étnica y cultural, así como al representar el valor que subyace y que está determinado por el respeto por la diferencia (artículos 1º, 2, 13 y 70 de la Carta Política). Sin embargo, esta jurisdicción especial está sometida a ciertos límites, como, por ejemplo, el núcleo duro de los derechos fundamentales que incluye la vida, la prohibición de la pena de muerte, la prohibición de tortura (que debe ser interpretada en clave de diversidad), la prohibición de servidumbre y el debido proceso -este último con un contenido que no equivale al del derecho no - indígena o mayoritario, pero que debe materializar las garantías esenciales de dicho derecho”.

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