busca promover la cooperación internacional y el consumo de chocolate y productos del cacao, facilitar el debate en los temas relacionados con el cacao, contribuir al fortalecimiento de las economías cacaoteras nacionales, procurar obtener precios justos, alentar la investigación y la transferencia de tecnologías, fomentar la transparencia en el comercio del cacao y mejorar la capacidad de comunidades locales y pequeños agricultores para contribuir al alivio de la pobreza. En ese sentido, resulta innegable que este tipo de regulaciones internacionales redunda en el intercambio comercial, el fortalecimiento de la economía y el empleo digno, finalidades que son compatibles con los mandatos constitucionales de protección de las garantías laborales y promoción de la investigación científica y el desarrollo, la integración económica en materia comercial, la internacionalización de las relaciones económicas bajo los principios de soberanía, equidad y reciprocidad, la iniciativa privada, la libertad económica, la productividad y la competitividad, previstos en los artículos 9, 25, 53, 70, 226, 227, 333 y 334 superiores.