4 del proyecto de Resolución 704 002 de 2022.
Al respecto se aclaró que el valor del margen de distribución mayorista, que se propone en el citado proyecto regulatorio, aplicaría únicamente en los mercados relevantes cuyo régimen de precios es libertad regulada (control directo), de acuerdo con lo establecido en el artículo
4 del proyecto de Resolución 704 002 de 2022.