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CE suspendió de manera inmediata el acuerdo expedido por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, que establece el procedimiento operativo para implementar el derecho de preferencia

Escrito por  Dic 23, 2022

“El demandante, actuando en nombre propio invocó el artículo 239 del CPACA y solicitó la suspensión provisional y la nulidad del Acuerdo 1 del 23 de noviembre de 2021, expedido por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, «por el cual se establece el procedimiento

operativo para implementar el derecho de preferencia consagrado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970». Para el efecto señaló que con Decreto 2054 del 16 de octubre de 2014, se reglamentó la forma en que los notarios de carrera ejercerían el derecho de preferencia previsto en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970. Sin embargo, el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, mediante fallo del 13 de mayo de 2021, declaró la nulidad del citado decreto, pues esta norma no podía reglamentar ni modificar ningún aspecto relacionado con el nombramiento de los notarios en propiedad ni los asuntos derivados de la carrera notarial, debido a que existe reserva legal sobre estas materias; de igual manera resaltó que con el Acuerdo 1 del 23 de noviembre de 2021 se vulnera el artículo 131 de la Constitución Política, ya que la competencia para reglamentar el ejercicio del derecho de preferencia de que trata el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970 radica en el legislador”.

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