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SIC emitió concepto refiriéndose a las obligaciones que deben cumplir los operadores de los bancos de datos

Escrito por  Nov 08, 2022

De acuerdo con el concepto de la SIC los operadores de los bancos de datos están obligados a: Garantizar, en todo tiempo al titular de la información, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data y de petición, es decir, la posibilidad de conocer la información que

sobre él exista o repose en el banco de datos, y solicitar la actualización o corrección de datos, todo lo cual se realizará por conducto de los mecanismos de consultas o reclamos, 3. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que, de conformidad con lo previsto en esta ley, pueden tener acceso a ella. Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la presente ley y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los titulares.

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Modificado por última vez en Lunes, 07 Noviembre 2022 21:31