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Consejo de Estado ordenó tomar medidas de protección en materia ambiental relacionadas con las reglas para otorgar títulos mineros en Colombia

Escrito por  Oct 18, 2022

“La demanda tenía como fundamento la desarticulación institucional entre el sector minero y ambiental, el déficit de información y normativo minero-ambiental, las debilidades del modelo de control y fiscalización de los títulos mineros en el país, así como el desconocimiento

del derecho a la consulta previa de las comunidades. Esta Corporación, en segunda instancia, encontró vulnerados los derechos colectivos invocados y, en consecuencia, dispuso, entre otras órdenes, lo siguiente: (I) el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible deberá elaborar un documento que identifique los ecosistemas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en el que se establezca dónde está permitida o no la minería, además de identificar las reservas forestales, las cuencas hidrográficas, las reservas naturales, los humedales, los páramos y las zonas compatibles con exploración minera. Con base en esa delimitación, el ministerio elaborará una cartografía de áreas de protección;

(II) la Agencia de Minería y los ministerios competentes deberán actualizar la información que existe sobre las zonas excluidas de la minería; (III) la Agencia debe solicitar, al momento de otorgar un título minero, un certificado ambiental que consigne si el proyecto se realizará en un espacio protegido y si aquel es compatible con la conservación del medioambiente”.

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