2018. De conformidad con lo ordenado por el Consejo de Estado; dicho comité deberá reunirse cada cuatro (4) meses a efectos de verificar los avances y/o dificultades en la consecución de las metas y en el desarrollo de los programas, proponer alternativas o asumir deberes concretos en torno al cumplimiento de la sentencia. La tercera de estas sesiones anuales se destinará para evaluar los resultados de la vigencia y formular el siguiente plan de acción anual.