Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la sección Tercera del Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsable al INPEC, por la muerte de un recluso dentro de un centro penitenciario, a manos de otro detenido. Para la Sala, estuvo probado que existió un intento de envenenamiento dentro de la cárcel de Buga. Se tiene que el INPEC celebró un contrato de seguro con La Previsora SA Compañía de Seguros, para amparar los daños por responsabilidad civil extracontractual.
“La Sala ha considerado que, en virtud de esa relación de especial sujeción, surgen para el Estado dos obligaciones principales frente al recluso: (I) una obligación positiva de protección que impone la guarda de su vida e integridad personal frente a las posibles agresiones externas durante la reclusión y (II) una obligación negativa que implica abstenerse llevar a cabo comportamientos que amenacen la vida e integridad del privado de la libertad”
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