La Sala confirmó la sentencia proferida el 3 de marzo de 2021 (en segunda instancia) por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que declaró la improcedencia de la acción de tutela instaurada en contra de la Resolución N° 2823 del 16 de diciembre de 2020, expedida por la Fiscalía General de la Nación, referente a la orden de traslados recíprocos en la
planta de la Fiscalía General de la Nación. La Sala sustentó su decisión en base a lo dispuesto en la mencionada sentencia, "…la decisión de traslado adoptada por la Fiscalía fue motivada en razones del servicio y no puede atribuírsele arbitrariedad alguna, puesto que, precisamente por tratarse de una planta global y flexible, los funcionarios están sujetos a su reubicación."
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