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Corte declaró improcedente acción de tutela en contra un acto de la Fiscalía sobre la orden de traslados recíprocos en la planta de la Entidad, argumentando que, tratándose de una planta global, los funcionarios están sujetos a su reubicación

Escrito por  Jun 02, 2022

La Sala confirmó la sentencia proferida el 3 de marzo de 2021 (en segunda instancia) por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que declaró la improcedencia de la acción de tutela instaurada en contra de la Resolución N° 2823 del 16 de diciembre de 2020, expedida por la Fiscalía General de la Nación, referente a la orden de traslados recíprocos en la

planta de la Fiscalía General de la Nación. La Sala sustentó su decisión en base a lo dispuesto en la mencionada sentencia, "…la decisión de traslado adoptada por la Fiscalía fue motivada en razones del servicio y no puede atribuírsele arbitrariedad alguna, puesto que, precisamente por tratarse de una planta global y flexible, los funcionarios están sujetos a su reubicación."

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