En su lugar dispuso conceder el amparo, en cuanto a ordenar a la entidad medica " cumplir lo recetado por su médico tratante en cuanto a que el seguimiento de psiquiatría sea realizado por su médico tratante." En tal sentido, se ordena a MEDIMAS EPS que dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de este fallo, y de seguir vinculada, autorice las citas médicas de la especialidad de psiquiatría del paciente menor de edad, de acuerdo con el concepto de su médica tratante. En caso de contar con un nuevo tratamiento psiquiátrico en curso, la EPS accionada deberá consultar previamente con el accionante si accede al servicio con la especialista que le fue inicialmente prescrita o si continúa con el o la especialista que adelanta actualmente su tratamiento.