El Consejo de Estado revoca el auto de 2 de abril de 2020 mediante el cual se avocó el control inmediato de legalidad de la Circular 031 del 24 de marzo de 2020, proferida por la presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) en donde se establecen los lineamientos relacionados con la prestación del servicio”,
dirigida a los servidores públicos, a los contratistas y a los usuarios de la entidad. Para la Sala, el acto no cumple la tercera condición legal contenida en el artículo 136 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, esto es, desarrollar los decretos legislativos durante los estados de excepción.
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