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Para el Consejo de Estado son procedentes las directrices de carácter temporal para evitar la propagación del COVID-19 impartidas por la Agencia Nacional del Espectro (ANE)

Escrito por  Nov 03, 2020

Para el Consejo de Estado no se observa que la RESOLUCIÓN No. 103 DE 2020 por medio de la cual se modifican las directrices de carácter temporal y extraordinarias y se toman medidas preventivas para evitar y contener la propagación del COVID-19 en la Agencia Nacional Del Espectro (ANE)

se aplique el ejercicio arbitrario de las competencias ni discriminación alguna, pues abarca a todo el personal de la entidad dependiendo de la forma cómo pueden desplegar sus actividades o las obligaciones contractuales; no se advierte interrupción en el funcionamiento de la agencia, pues precisamente, las medidas buscan proteger y hacer eficiente el servicio que presta, de cara a la pandemia del COVID-19. Sin embargo, se declara la improcedencia del control inmediato para conocer de la legalidad de los artículos 1 al 5 y 9 y 10.

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