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Consejo de Estado reiteró que los actos jurídicos precontractuales y contractuales emitidos por los prestadores de servicios públicos domiciliarios no son actos administrativos, salvo unas excepciones de la Ley

Escrito por  Feb 11, 2022

 Con ponencia del Magistrado Guillermo Sánchez Luque, la sección Tercera del Consejo de Estado indicó que “como la providencia que resuelve sobre la legalidad de la decisión de declarar el siniestro por inestabilidad de la obra tiene efectos sobre el contratista y la compañía de seguros, pues la declaratoria de nulidad desaparece la obligación a cargo de la aseguradora y el

derecho de esta de repetir contra el contratista, cada uno puede reclamar en juicio. Ahora bien, si sólo uno decide demandar, quien no lo haga puede intervenir en el proceso en el estado que se encuentre con todas las facultades de la parte activa, siempre que no hubiera operado la caducidad respecto de sus pretensiones”.

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