“No es posible para el juez analizar la omisión de la ANM y del Ministerio de Minas en la realización de los trámites necesarios para celebrar el contrato de concesión minera respecto del área cedida, sin primero pronunciarse sobre la legalidad de las Resoluciones, en las que se rechazó la cesión”. El Consejo de Estado adecuó el trámite, para que continuar el proceso, únicamente, respecto de las pretensiones de nulidad, que fueron formuladas como pretensiones subsidiarias en la demanda”.