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Consejo de Estado analizó el Acto del Concejo Municipal de Medellín que determinó el monto de la contribución de valorización para el año 2008

Escrito por  Ene 26, 2022

La Actora alegó que “el sistema y el método de la contribución, al formar parte de la base gravable de ese tributo, debieron haber sido definidos directamente por el Concejo Municipal de Medellín, situación que, a su juicio, no se cumple en este caso, en tanto estos aspectos no se encuentran establecidos en los Acuerdos 58 del 30 de diciembre de 2008 y 7 del 8 de junio de 2012”.

La Sala señaló que “el sistema y el método de la contribución se encuentran definidos en los artículos 8 y 45 del Acuerdo Nro. 58 de 2008, pero que tales definiciones no son lo suficientemente claras para que el contribuyente pueda determinar, por sí mismo, la carga tributaria que le corresponde. De entrada, la Sala observa que el cargo es contradictorio”.

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