La SSPD indicó que, en los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo se ha dispuesto el cobro del cargo fijo con el propósito de garantizar la disponibilidad del servicio a los usuarios, por lo cual, independientemente del nivel de uso del servicio, no podrá ser eliminado de la formula tarifaria mientras se encuentre vigente el contrato de servicios públicos, ni tampoco reducido, salvo en las situaciones que la ley así lo haya establecido.