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Decreto fijó la remuneración de los conjueces

Escrito por  Dic 10, 2021

 A través del Decreto 1655-2021, “los Conjueces de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Comisión Nacional de Disciplina Judicial o quien haga sus veces, devengarán una remuneración equivalente a tres (3) salarios mínimos diarios legales vigentes por cada sentencia aprobada en la sala de decisión y remitida a la secretaría para su notificación,

y los pagos se realizarán una vez cuente con la debida constancia secretaria”.

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Modificado por última vez en Viernes, 10 Diciembre 2021 08:18