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Consideraciones de la SuperSociedades relacionadas con el otorgamiento de estímulos a la financiación del deudor durante la negociación de un acuerdo de reorganización

Escrito por  Nov 23, 2021

El concepto 220-166109-2021 indica que, “entre el inicio del proceso de reorganización y la confirmación del acuerdo de reorganización de los deudores afectados por las causas que motivaron el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, el concursado podrá obtener crédito para el desarrollo del giro

ordinario de sus negocios durante la negociación. Estas obligaciones tendrán la preferencia prevista en el artículo 71 de la Ley 1116 de 2006. En este evento, no se requerirá la autorización del Juez del Concurso.”

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