Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales.
La Entidad modificó el artículo 2 de las Resoluciones 493 de 2018 y 438 de 2019, teniendo en cuenta que el seguimiento técnico y financiero que deberá ejercer el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a los recursos transferidos en virtud de dichas resoluciones recaerá en adelante, en cabeza de la Dirección Técnica competente, que, para el efecto, es la
Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales.