A través de los conceptos concepto 220-120557-2021 y el 220-120607-2021, la Entidad indicó que quienes adquieran la calidad de Empresas Obligadas al SAGRILAFT o al Régimen de Medidas Mínimas con corte al 31 de diciembre de 2020, deberán poner en marcha el SAGRILAFT o el Régimen de Medidas Mínimas, respectivamente, a más tardar el 31 de agosto de 2021.