del control, en los términos del artículo 30 de la Ley 222 de 1995.
A través del concepto 220-121037-2021 se reiteró que la sociedad que posee el 100% del capital de una SAS estaría incursa, en principio, en la primera de las presunciones de subordinación del artículo 261 del Código de Comercio, esto es, ser propietaria de más del 50% de su capital, lo cual generaría la consecuente obligación de declaratoria e inscripción
del control, en los términos del artículo 30 de la Ley 222 de 1995.