La Alta Corte confirmó la sentencia de primera instancia, que condenó a la Dirección Seccional de Salud de Antioquia a reparar los perjuicios morales causados a la víctima directa, a quien, por la prestación del servicio médico en la atención de una infección en el dedo de la mano derecha de la paciente, condujo a que tuviera que ser amputado.