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Martes, 21 Mayo 2024

Edición 1169 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El objetivo del proyecto normativo sería reglamentar las condiciones y el procedimiento para la reversión de los pagos solicitada por los consumidores según lo previsto en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, cuando la adquisición de los bienes se hubiere realizado a través de mecanismo de comercio electrónico, tales como internet, PSE, call center o cualquier otro mecanismo de televenta o tienda virtual y, para tal efecto, se hubieren utilizado tarjetas de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico.

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 183.4 de 2017, las industrias creativas comprenderán los sectores que conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos intangibles de carácter cultural, y/o aquellas que generen protección en el marco de los derechos de autor.

A través del acto administrativo se modifica el artículo 7º de la Resolución 133 del 13 de abril de 2020, modificado por el artículo 3º de la Resolución 174 del 11 de mayo de 2020, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO 7.- Las medidas administrativas adoptadas por medio de la presente resolución se mantendrán vigentes hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 01 de junio de 2020.

Se corrige el yerro contenido en el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019, el cual quedará así: "Artículo 139°. Adiciónese un parágrafo 2 al artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, el cual quedará así: PARAGRAFO 2. La UGPP podrá aplicar el esquema de presunción previsto en el parágrafo anterior a los procesos de fiscalización en curso y a los que se inicien respecto de cualquier vigencia fiscal y a los que, siendo procedente y sin requerir el consentimiento previo, estén o llegaren a estar en trámite de resolver a través de revocación directa y no dispongan de una situación jurídica consolidada por pago.

Se modifica el numeral 6 del artículo 3 del Decreto 1333 de 2019, el cual quedará así: “El valor de los acuerdos de pago suscritos será consolidado mediante uno o varios actos administrativos expedidos por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES.