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Viernes, 28 Agosto 2026

Edición 1709 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Consejo de Estado ordena como medida restaurativa que dentro del término de dos meses contados a partir de que cobre ejecutoria la presente sentencia, la Armada Nacional deberá presentar un informe a los demandantes informándoles, de manera detallada, los hechos en los que desapareció el señor Velásquez, así como las actuaciones adelantadas para su búsqueda.

El Consejo de Estado estableció el Tribunal no vulneró el derecho al buen nombre de la accionante, pues existió un fraude a “la ley del contrato”, que tiene como fundamento los testimonios y las pruebas documentales obrantes en el expediente que indicaban que se desconocieron las previsiones del contrato de concesión, respecto del manejo de los recursos económicos. 

El Consejo de Estado Avocará el conocimiento de la Resolución No. 916 de 7 de abril de 2020, «Por la cual se establece como medida transitoria la suspensión de términos en las actuaciones administrativas que se adelantan en el Instituto Nacional de Vías – INVIAS y se adoptan otras medidas administrativas, por motivos de salud pública», expedida por el director general del Instituto Nacional de Vías, INVIAS.

El Proyecto APP Restauración de los Ecosistemas Degradados del Canal del Dique continúa con el proceso de precalificación y los interesados ya pueden consultar los requisitos exigidos para participar en el a través del sistema de precalificación publicado en el Secop como en la página web de la ANI: www.ani.gov.co.

A través del acto administrativo se establece el procedimiento unificado para corregir y/o completar la información migrada o registrada en el sistema RUNT de las características de los vehículos de transporte terrestre automotor de carga que se encuentren en estado activo en el sistema RUNT