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Viernes, 17 Mayo 2024

Edición 1165 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través del Decreto 087-2021, el Gobierno desarrolló una metodología de cálculo de la tarifa de la tasa a partir del método y el sistema establecidos en la Ley 1955 de 2019, como base para la recuperación de los costos de los servicios prestados por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), para la liquidación de la tarifa de la tasa.

El presente proyecto de ley tiene por objeto establecer la Cuota de Fomento ovina y caprina, crear el Fondo de Fomento y determinar las principales definiciones de las bases para su recaudo, administración y destinación, con el fin de contribuir al desarrollo del subsector Ovino y Caprino en Colombia. Se entiende por subsector ovino y caprino el componente del sector pecuario del país, constituido por las personas naturales y/o jurídicas,

La Corte concluye que las medidas contenidas en el Decreto 573 de 2020 cumplen con los requisitos formales y materiales de este tipo de decretos de excepción, porque buscan enfrentar la perturbación económica en el sector agrícola, pesquero, forestal, agroindustrial y rural del país, por la crisis generada debido a la pandemia del Covid-19

El MinAgricultura reconoció a través del acto administrativo al "Consejo Nacional de la Cadena Productiva de la Guadua/ Bambú y su Agroindustria” el cual actuará como cuerpo consultivo del Gobierno Nacional en materia de política pública para el subsector de la guadua/bambú y su agroindustria y como órgano de concertación permanente entre los distintos eslabones de la Cadena, y entre éstos y el Gobierno.

A través de un concepto la ADR explicó que, cuando el Acuerdo 193 de 2009 y la misma Ley 1955 de 2019, menciona la expresión explotación se hace referencia a actividades agropecuarias.