La Entidad indica que los requisitos de estos estudios ambientales se encuentran señalados en el artículo 2.2.2.3.4.3. del decreto 1076 de 2015, entre los que se encuentra expresamente señalada la información sobre la compatibilidad del proyecto con los usos del suelo establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial o su equivalente.
A través del acto administrativo se aprueba el cargo de distribución por uso del sistema de distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería para el mercado relevante especial conformado por los Centros Poblados Mesa de Pole y Las Señoritas en el Municipio de Ataco; Chaguala Afuera, La Barrialosa, Potrerillo, Vega de los Padres, y Vindi en el Municipio de Coello;
A partir del 15 de noviembre de 2020, la administración de usuarios externos dentro del sistema SOLAR estará a cargo de cada empresa operadora, quien será responsable de la veracidad de los datos y la oportunidad de creación y actualización de estos. Para iniciar la operatividad de la nueva funcionalidad, cada empresa deberá definir la persona responsable de ejercer
Para la Sala, la exención de impuestos regulada en el artículo 16 del Código de Petróleos y reafirmada en la 141 de 1994, no es de carácter absoluto, ya que por cuenta de la Ley 14 de 1983 se derivó en una «exención condicional». Esa condición opera en el sentido de que los ingresos originados en actividades de explotación de canteras y minas, diferentes de sal,
Para la Corporación el parámetro de constitucionalidad de la disposición demandada se constituye por las normas constitucionales que sustentan la obligación de consulta previa de medidas legislativas. El deber de consulta previa de las comunidades étnicas se fundamenta en el carácter pluralista del Estado colombiano,